Dentro del Proyecto de Integración Intercátedra, tomamos dos clases con la docente Nora Muñoz. En las mismas, trabajamos tres aspectos importantes a tener en cuenta como docentes desde el marco legal que nos regula y compete. En primer lugar, abordamos la Resolución N° 378, la cual regula las salidas dentro del ámbito educativo. En segundo lugar, abordamos ciertas cuestiones del Estatuto Docente; y por último, trabajamos sobre un archivo de responsabilidad civil en el ámbito docente.
Así como es importante tener en claro que somos sujetos políticos y, como tales, debemos reflexionar y formar una postura para pararnos dentro del aula, no debe quedar relegada la importancia de conocer nuestras obligaciones y derechos como trabajadorxs de la educación, debemos conocer la normativa que nos regula.
Decidimos comenzar presentando en este posteo lo trabajado en clase en torno a la normativa para las salidas educativas. Haremos un resumen de la información brindada por la docente con el objetivo de poner en palabras “más amenas” lo planteado en la normativa. La resolución N° 378 de la Dirección General de Escuelas para toda la Pcia. de Buenos Aires es del año 2017. Vale la pena aclarar que existe una diferencia entre salidas educativas donde sale el curso completo y salidas de representación escolar donde solo sale un grupo de alumnxs. La Resolución abarca ambas situaciones. El seguro escolar es provisto por la empresa Provincia Seguros, la cual responderá sólo cuando se cumpla correctamente la normativa. Por este motivo, es de suma importancia conocer lo que la Resolución plantea.
Una de las principales cuestiones es tener en claro la responsabilidad que tenemos como docentes frente a estas salidas. La Resolución indica que, en el ámbito estatal, lxs docentes que pueden salir son aquellxs en condición de activos, mientras que en el ámbito privado, deben ser docentes que pertenecen a la planta activa de la institución o a otra institución a cargo del mismo empleador. En ambos casos, lxs docentes tendrán 15 días al año de ausencias justificadas por salidas educativas.
Respecto a la relación docente-alumnx, se prevee que, para secundaria básica, debe haber un/a docente cada 12 alumnxs; en secundaria superior, deberá ser 1 cada 15 y en el caso de educación superior o alumnxs mayores de edad, es suficiente con 1 docente por curso. Pero, la realidad es que, se recomienda en todos los casos que haya un mínimo de 2 docentes por salida en el caso de que haya alguna emergencia que implique el el/la primerx deba ausentarse. Otra cuestión a tener en cuenta es que, en el caso de que la salida sea por más de 24 hs con alumnxs de diferentes géneros, debe haber un/a docente de cada género.
En cuanto a lxs acompañantes no docentes, que pueden ser padres, madres, tutores, auxiliares, practicantes, entre otrxs, deben solo brindar apoyo, no pueden tomar decisiones ni tampoco son responsables de lxs alumnxs.
Por supuesto, es de suma importancia la autorización firmada por lxs responsables de cada alumnx. Esta se realiza mediante la compleción y firma del ANEXO 6 (en el caso de que la salida sea en el perímetro de la escuela, no es necesaria la autorización, pero sí debe notificarse a lxs responsables). En el caso de que el/la alumnx sea mayor de 18 años, puede firmar él/ella mismx la autorización, manifestando acuerdo con las condiciones de la salida. Junto con este anexo, se debe completar y firmar también el ANEXO 7, que es la ficha de salud. Además, las autoridades deben completar el ANEXO 10, el cual funciona como itinerario de la salida educativa e incluye datos de contacto en caso de que lxs responsables de lxs alumnxs necesiten comunicarse con ellxs.
Todos estos anexos deben estar en una carpeta junto con el ANEXO 4, que es la “carátula” de la salida educativa y el ANEXO 8, que es un resumen del proyecto educativo que funciona como motor de la salida en cuestión. Esta carpeta debe llevarse al momento de la salida y un/a responsable debe tenerla siempre consigo por si es necesaria.
Por último, pero no menos importante, algunas cuestiones respecto al transporte a utilizar. Puede ser micro escolar, combis, transporte público, aviones, micros de larga distancia, etcétera. Hay que tener en cuenta que, en el caso de que se use un transporte privado, se debe recordar que sí o sí debe haber un asiento por persona para que el seguro de la empresa de transporte cubra cualquier tipo de daño si es que lo hubiera. Por ese motivo, no es una mala idea utilizar el transporte público, donde, no solo se ahorra dinero, sino que además, existe la posibilidad de viajar paradxs.
Si bien lo ideal es leer la Resolución completa al pie de la letra para evitar errores y confusiones, creemos que los aspectos desarrollados anteriormente son fundamentales para comenzar a organizar cualquier salida educativa y poder participar de ella desde nuestro lugar de docentes.
Adjuntamos los links al archivo de la Resolución N°378 y a los anexos:
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